Aprobado por consejo directivo mediante acta Nº 4 del 21 de agosto de 2014.
Presentación
La Institución Educativa Nuestra Señora del Pilar de Guatapé está regida por los fundamentos determinados en el Proyecto Educativo Institucional (filosóficos, psicológicos, epistemológicos, sociológicos, pedagógicos, teológicos y religiosos). Actualmente ofrece la formación de los niños, niñas y jóvenes desde el grado preescolar, once y sabatino. Está conformada por padres de familia, docentes, estudiantes, personal administrativo y de servicios que, en su quehacer diario, desean construir un clima de buenas relaciones humanas, en el que se propicie una convivencia armónica entre todas las personas, regida por el afecto y la comunicación asertiva para darle al otro lo mejor de mí y hacer un uso responsable de la libertad.
El Manual de Convivencia es el conjunto de normas concertadas entre los diferentes estamentos de la comunidad Pilarista, que permite a sus miembros interactuar en un ambiente armónico y de buenas relaciones interpersonales, cuyo fin primordial es el cumplimento de los objetivos definidos en el Proyecto Educativo Institucional.
En concordancia con la Propuesta Pedagógica Procesos y Valores, la apropiación del Manual de Convivencia debe llevar a los miembros de la comunidad educativa a:
Aprender a pensar: Afirmando la autonomía, el conocimiento de si mismo, la auto-realización, el carácter y el acceso a los diferentes saberes.
Aprender a ser: Formando una actitud dialógica basada en la tolerancia, la justicia, el respeto por la diferencia, la honestidad, la solidaridad y la autoestima.
Aprender a obrar. Propiciando la participación, el liderazgo, el sentido de pertenencia y el auténtico compromiso con la vida, de manera autónoma (ver principios y valores institucionales).
MARCO LEGAL
El presente Manual de Convivencia Escolar, se sustenta legal y jurídicamente en:
- La Constitución Nacional en sus artículos 41-42-43-44-45-67-68-73-78-79-80-82-85-86.
- La Declaración Internacional de los Derechos del Niño 20 de noviembre 1989.
- La Ley 1098 del 08 de noviembre de 2006 “Por la cual se expide el Código de la Infancia y Adolescencia”, sus decretos reglamentarios y demás normas que la modifiquen.
- La Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) en sus artículos 87-91-93-94-142-143-144-145.
- El Decreto 1860 de Agosto 5 de 1994 en su artículo 17, por el cual se reglamenta la existencia del manual de convivencia.
- El Desarrollo de la educación Ético _ Moral artículos 24-25 de la Ley General de Educación.
- La educación para la afectividad y la sexualidad según resolución No 033 de Julio 2 de 1993 emanada por el M.E.N.
- La ley 1620 del 15 de marzo del 2013 y el Decreto Nº1965 del 11 de septiembre2013, la cual orienta sobre la aplicación de la ruta de atención para la convivencia escolar.
- El Código Penal Colombiano.
- Ordenanza 026 de 2009, artículo quinto la cual establece las funciones y proceso de elección del contralor estudiantil.
- Ordenanza 68 de diciembre 06 de 2013, la cual modifica el proceso de elección del contralor estudiantil.
- Convención sobre los Derechos del Niño. Adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989. Entrada en vigor: 2 de septiembre de 1990, de conformidad con el artículo 49
Además hacen parte del marco legal del presente Manual de Convivencia todas las disposiciones legales que se produzcan en materia de educación hasta la fecha.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE DEL PLANTEL
1.1. Cumplir con los requisitos señalados por el Ministerio de Educación Nacional y la Institución, para el proceso de Matricula.
1.2. Conocer, analizar críticamente y asumir los principios filosóficos y pedagógicos que orientan el quehacer diario de la Institución.
1.3. Estar dentro del rango de edad establecido por el Ministerio de Educación Nacional para cada uno de los niveles de educación formal.
1.4. Cumplir con el proceso de inducción.
1.5 Tener claridad acerca del compromiso adquirido a través del Contrato de Matrícula.
Artículo2. PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES
Como requisito indispensable para asistir al plantel, los estudiantes deberán portar los uniformes establecidos, ya que éstos los identifican como miembros de la comunidad educativa Pilarista en cada uno de los grados.
2.1. UNIFORME DE DIARIO
2.1.1. MUJERES: jardinera a cuadros azules y blancos cuyo largo es sobre la rodilla, blusa blanca manga corta, media- media blanca, zapatos negros de atadura, buzo azul oscuro con cuello en “V”.
Los accesorios deben combinar con los colores del uniforme y tener un tamaño moderado.
Si se usa maquillaje, este debe ser moderado, colores naturales y acorde con el uniforme.
2.1.2. HOMBRES: Jean azul oscuro clásico, camiseta blanca, zapatos negros de atadura, medias oscuras, buzo azul oscuro de cuello “V” y correa oscura.
Si usa camisilla, ésta debe ser totalmente blanca.
2.2. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA (PARA HOMBRES Y MUJERES):
Camiseta blanca, pantalón sudadera gris claro bota recta, chompa gris, zapatos tenis totalmente blanco, medias blancas.
Se permite el uso de cachucha de color blanco o azul oscuro, solo para las clases prácticas de Educación Física; en las demás clases no se debe emplear este accesorio.
CAPITULO II
DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
ESTUDIANTES
Articulo 3. IDEAL DE ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DEL PILAR DE GUATAPÉ
La Institución Educativa se propone que cada estudiante sea:
1 Líder.
2 Activo en su proceso educativo,
3 Capaz de interactuar con los demás, respetando las ideas de los otros.
4 Trascendente, amante de la naturaleza y consciente de sus responsabilidades como ciudadano.
5 Con deseos de superación y metas definidas, persistiendo ante las dificultades.
6 Conocedor y respetuoso de su propia cultura.
7 Comprometido con la construcción de una mejor calidad de vida que redunde en su propio beneficio y en el de su comunidad educativa.
Artículo 4. DERECHOS
Para lograr la convivencia en armonía y el desarrollo integral de la comunidad educativa, es fundamental reconocer que los derechos colectivos priman sobre los derechos individuales.
4.1. Ser estimulado por sus logros en los diferentes aspectos del desarrollo integral (académico, disciplinario, cultural y deportivo)
4.2. Recibir por parte de toda la Comunidad Educativa un trato respetuoso.
4.3. Ser respetado en su intimidad individual y familiar.
4.4. Contar con la orientación ética, moral y social oportuna, que le permita su crecimiento integral.
4.5. Expresar de manera libre y responsable sus pensamientos y sentimientos, en los diferentes espacios escolares.
4.6. Argumentar sus acciones sin ser juzgado a priori.
4.7. Tener un debido proceso frente a las diversas situaciones de carácter académico
y /o de convivencia.
4.8. Ser agente activo en la construcción y evaluación del Proyecto Educativo Institucional
4.9. Elegir y ser elegido en las diferentes organizaciones estudiantiles.
4.10. Recibir una educación acorde con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y las necesidades individuales y/o colectivas de los estudiantes.
4.11. Presentar trabajos y/o evaluaciones después de una ausencia, siempre y cuando medie una excusa debidamente justificada.
4.12. Recibir información oportuna y acertada sobre su proceso escolar, por demanda propia o de sus acudientes.
4.13. Conocer de manera oportuna los criterios que orientan la estructura curricular evaluativa, así como los programas académicos en todas las áreas al inicio de cada periodo académico.
4.14. Utilizar los diferentes recursos de la institución educativa para su desarrollo integral.
4.15. Recibir oportunamente el carné estudiantil y el Manual de Convivencia.
4.16. Conocer oportunamente la jornada escolar.
4.17. Participar en grupos artísticos, culturales, deportivos, curriculares o extracurriculares en representación de la institución educativa.
4.18. Conocer oportunamente las calificaciones obtenidas en cada una de las áreas, durante los periodos académicos.
4.19. Hacer reclamos respetuosos de carácter académico y/o de comportamiento a las instancias correspondientes.
4.20. Estar en el aula durante el desarrollo de clase, y/o en todas las actividades institucionales.
4.21. Al libre desarrollo de su personalidad, acorde a las disposiciones legales vigentes.
4.22. A tener acceso a su observador, pudiendo acudir a instancias superiores en caso de no ser escuchado.
4.23. A ser orientado y protegido en caso de presentar problemas de drogadicción, acoso escolar y abuso sexual
4.24. Conocer oportunamente el manual de convivencia y los cambios que se efectúen de este
4.25. A disfrutar de la planta física y de los servicios que ofrece la institución educativa
4.26. Conocer oportunamente la programación de actividades y evaluaciones programadas para cada periodo del año lectivo
4.27. Todos aquellos consagrados como derechos fundamentales por La Constitución Política de Colombia.